PROYECTO DE COMEDOR
Universidad Nacional de Mar del Plata
FUNDAMENTACION:
El modelo económico, político y social implementado en la Argentina en los últimos años ha producido una verdadera transformación de la estructura de la sociedad, provocando inéditos niveles de pobreza, desocupación, marginalidad y profundos procesos de exclusión social.
La crisis socioeconómica general, evidenció y profundizó un proceso de diferenciación social que se sintió fundamentalmente en los sectores medios y bajos de nuestra sociedad.
Los universitarios no constituyen una excepción dentro del panorama social, por el contrario, muchos son los factores que condicionan su permanencia en los centros académicos, además de la precarización de los recursos con los que se cuentan para un favorable desarrollo del conocimiento.
El empobrecimiento de grandes sectores sociales, merma en la esfera de los hechos el principio de gratuidad y equidad que la Constitución Nacional en él articulo 75 establece para las Universidades Nacionales. Así mismo el art. 11 de la Ley de educación Nacional, establece: “Garantizar la inclusión educativa a través de políticas universales y de estrategias pedagógicas y de asignación de recursos que otorguen prioridad a los sectores mas desfavorecidos de la sociedad”.
Es en los hechos donde hay que dar las más difíciles de las batallas, única posibilidad de lograr el efectivo cumplimiento de estos principios, que impregnan todo el ordenamiento jurídico al que está sujeta la Universidad.
También el Estatuto de nuestra propia Universidad Nacional de Mar del Plata, establece como principio constitutivo, la función de la institución en “estudiar los problemas del país con el objeto de proponer soluciones, teniendo en cuenta el interés general” De esta manera inmiscuye dentro de sus misiones, una relación con las problemáticas sociales propias de los tiempos que corren. Así se ha remarcado anteriormente que el modelo neoliberal, trajo como consecuencia la precarización de los sectores de mas bajos recursos, talando el marco no gratuito que requiere cada estudiante para tener accesibilidad al ejercicio del derecho a aprender.
Es por esto que la creación del comedor, entre otras acciones, resulta imprescindible para garantizar un mayor acceso a la educación superior; dado que hoy un solo estudiante del sector de mas bajos ingresos logra acceder a la educación universitaria de cada ocho del sector mas alto, y eso sin contar los altísimos porcentajes de deserción (que es más fuerte entre quienes ven comprometida su permanencia por motivos socio-económicos). Y por esto también el comedor universitario que creemos, debe prestar un servicio que sea nutritivo y por debajo del costo, ya que el alimento diario esta dentro de este marco no gratuito que hace a la igualdad de oportunidades, y permite disminuir los motivos que hacen a la exclusión, y que también son decisivos al momento de la deserción.
La instalación de un comedor universitario es un derecho porque hay una necesidad. Todo estudiante debe poder alimentarse en forma nutritiva y a un precio que no profundice las diferencias sociales y económicas, sino que tienda a aliviarlas.
Por otra parte, el comedor universitario potenciaría la integración entre el estudiantado de distintas facultades, constituyéndose como el espacio público generador de socialización, de asociación y de libre transferencia de ideas del que carece nuestra universidad hoy.
Entendiéndose como una condición indispensable para alcanzar la excelencia académica una buena alimentación, el Comedor Universitario debe ser un emprendimiento propio de la Universidad, no tercerizado, y democrático, con representación de toda la comunidad universitaria. Los recursos que genere el comedor solo deben ser destinados a su propio funcionamiento, pero nunca podrán ser utilizados para cubrir falencias presupuestarias en otras áreas. Y como el objetivo es abiertamente social, no puede ser pensado como un emprendimiento tendiente al lucro en ningún modo, donde las ganancias estén por sobre los objetivos.
Las Universidades tienen como funciones sustantivas a la docencia, la investigación y a la extensión del conocimiento. Ahora bien, ¿se puede llevar adelante estas actividades sin una alimentación digna, que aporte nutrición y cuide la salud de la comunidad universitaria? Es evidente que no; es por ello que consideramos al Comedor Universitario como elemento fundamental para el desarrollo de una vida universitaria plena. Un Comedor es una de las condiciones necesarias para la formación de ciudadanos – no sólo universitarios – en condiciones de ejercer sus derechos inalienables y de participar democráticamente del Gobierno de la Universidad.
Proyecto de Ordenanza de Consejo Superior
1. Aprobar el reglamento de funcionamiento (anexo I)
2. Que se exprese en relación a la necesidad de obtener un refuerzo presupuestario para llevar adelante este proyecto. Realizar un pedido formal, al Ministerio de Educación, de una partida presupuestaria específica para el Comedor Universitario. Que dicho pedido esté acompañado de las acciones necesarias para obtener dicha partida.
3. Que a través del Rector de la UNMdP, se realicen las gestiones necesarias para obtener subsidios de otras entidades estatales para garantizar el sostenimiento y mejoramiento del Comedor Universitario. Que el Consejo Superior esté en conocimiento de las gestiones que se lleven a cabo en este sentido.
4. Designar a los trabajadores necesarios para el cumplimento del servicio de Comedor Universitario.
ANEXO I
REGLAMENTO DE COMEDOR UNIVERSITARIO
Disposiciones Generales
Articulo 1º El presente reglamento contiene las normas y procedimientos que regulan la organización, administración, evaluación y control de servicios del comedor universitario de la Universidad Nacional de Mar del Plata.
Articulo 2º Las normas, contenidas en el presente reglamento rigen para todos los usuarios de servicio del comedor universitario y de quienes tengan relación directa o indirecta en la administración del mismo.
Articulo 3º Son los Objetivos de este Comedor Universitario,
a) Brindar alimentación nutritiva y a bajo precio para todos los usuarios del Comedor Universitario en una política clara de Bienestar Universitario.
b) Estimular el funcionamiento del Comedor como una herramienta que reduzca las barreras al Ingreso a la Universidad.
c) Funcionar como espacio de encuentro y socialización de la Comunidad Universitaria.
Articulo 4º El comedor existe por y para los estudiantes sin distinción ideológica, por lo tanto no podrá ser usado para promociones de carácter, politico-partidario, gremial o de propaganda ideológica que no reflejen el consenso general de la comunidad universitaria. Este consenso emanará de las decisiones de los órganos de cogobierno de la universidad y de la Comisión de Administración y Gobierno del comedor universitario, no pudiendo nadie más hablar o actuar por ellos en este sentido.
De los Usuarios del Comedor
Artículo 5º Son usuarios del Comedor Universitario: los estudiantes regulares de la Universidad Nacional de Mar del Plata, trabajadores docentes y no docentes. Existirá una categoría de usuarios eventuales, los cuales serán habilitados por la comisión del comedor en virtud de una reglamentación dictada al efecto y estarán contemplados en ella aquellos que, siendo ajenos a la UNMdP puedan ser identificados en alguna de las categorías de usuario y presenten alguna documentación probatoria, gozando de los mismos derechos que el resto de los usuarios.
Artículo 6º Para comprar los ticket del Comedor Universitario, los usuarios deberán identificarse en el caso de Estudiantes con su certificado de alumno regular; y trabajadores docentes y no docentes con el último recibo de sueldos.
Articulo 7º La Beca de Comedor es anexa a la Beca de Alimento.
Del Gobierno y la Administración
Articulo 8º La Administración Cotidiana del Comedor Universitario estará a cargo de el Coordinador del Comedor, quien será dependiente de la Subsecretaria de Bienestar Universitario y serán sus deberes:
a) La coordinación operativa del Comedor Universitario
b) La elaboración y presentación de informes mensuales a la Comisión de Gobierno del Comedor Universitario.
c) La consulta, en todo aspecto no contemplado por el presente reglamento o las reglamentaciones dictadas oportunamente, al presidente de la Comisión de Gobierno, que decidirá sumariamente sobre ellos ad referéndum de la próxima reunión de Comisión.
Articulo 9º La Comisión de Comedor Universitario, será una comisión de control y gobierno, conformada por los presidentes de Centros de Estudiantes de cada Facultad o quienes designen a estos efectos, un representante del gremio Docente, un representante del gremio de Personal Universitario, un representante del Centro de Estudiantes del Colegio Illia y el subsecretario de bienestar de la universidad o quien designe a tal efecto (quien actuara como presidente de la misma)
Articulo 10º serán atribuciones y funciones del presidente de la comisión,
a) Desempatar
b) Convocar a las reuniones
c) Oficiar de vocero
d) Articular con el consejo superior
e) Ejecutar las decisiones tomadas por la comisión, de manera, rápida y efectiva. Y en un todo de acuerdo con los estatutos de la universidad y las leyes vigentes
f) Resolver sumariamente toda circunstancia no contemplada en los reglamentos atinentes al comedor, y que no pudiera ser postergada hasta la siguiente reunión de la Comisión de Gobierno. Estas medidas deberán serán revisadas y aprobadas o rechazadas en la siguiente reunión de la comisión de gobierno como primer punto en el orden del día.
Articulo 11º Sesionara como mínimo mensualmente, siendo el quórum de funcionamiento la mitad mas uno de lo miembros de la Comisión.
Articulo 12º Serán funciones de la Comisión del Comedor;
a) Controlar mensualmente los Ingresos y Gastos del Comedor
b) Delinear las políticas que llevara adelante el Coordinador del Comedor sobre el funcionamiento General del mismo.
c) Diseñar el sistema de tickets
d) Fijar o modificar el precio del menú en función de la información de Ingresos y Gastos.
e) Coordinar la Agenda Cultural a llevarse adelante en el Comedor
f) Elevar al Consejo Superior un informe mensual sobre el funcionamiento del Comedor.
g) Emitir voto de censura sobre medidas tomadas por el coordinador y por el presidente de la comisión en su ausencia. Volver a fojas cero cualquier acto que considere inconveniente, y ordenar las medidas pertinentes para que ello sea ejecutado.
h) Tener la capacidad interventora sobre el mismo, proponer y remover de su cargo al coordinador. Elevar al concejo superior las actuaciones que considere pertinentes para iniciar un sumario administrativo a cualquier trabajador que actuare de forma indecorosa o reñida con la moral o en abierta contradicción con este reglamento en el ámbito del comedor.
i) Autorizar o rechazar, cualquier tipo de elemento comunicacional dentro del espacio físico del comedor y a fines, ya sea de carácter gremial, partidario, etc. Ordenar el retiro, o retirar de facto por cualquiera de sus miembros presente, cualquier elemento colocado sin permiso explícito de la comisión y que violare la imparcialidad política, ideológica y gremial que debe identificar al comedor universitario, según versa el artículo 4
De su Funcionamiento
Articulo 13º El Comedor Universitario brindará servicio de Almuerzo y cafetería. Funcionará en su Sede Central en las inmediaciones de Complejo Universitario y podrán existir Bocas de Expendio en aquellos espacios donde funcione la Universidad y sea necesario su instalación.
Articulo 14º En cada sede del comedor, los horarios de funcionamiento se ajustaran a las particularidades de la comunidad universitaria a la que sirve.
Articulo 15º Para acceder al servicio del comedor universitario deberá obtenerse los tickets habilitantes. El expendio de los tickets se realizará en las inmediaciones de cada sede en dependencia a cargo de la Subsecretaria de Bienestar de la Comunidad Universitaria o un lugar por esta designado y nunca podrá exceder la capacidad total de provisión del comedor por turno.
Artículo 16º El precio del ticket deberá buscar cumplir con las siguientes pautas,
a) Buscar SIEMPRE el mejor precio posible.
b) Nunca podrá exceder el costo de materia prima más insumos necesarios prorrateados según la cantidad de menúes expendidos por mes.
c) Gastos operativos y sueldos correrán a cargo de la universidad y no podrán ser contado a la hora de determinar el costo del ticket
Articulo 17º El menú brindado por el Comedor, deberá contemplar a aquellos que por salud no puedan ingerir determinado tipos de alimentos o comidas elaboradas.
De los proveedores
Articulo 18º En la contratación de proveedores se privilegiará contratar con Organizaciones de la Economía Social (Cooperativas, Asociaciones, entre otras).
Disposiciones finales
PRIMERO La Universidad Nacional de Mar del Plata, podrá establecer convenios con la cooperadora de la misma para agilizar el funcionamiento del Comedor.
SEGUNDO Los aspectos no contemplados en el presente reglamento, serán resueltos en primer instancia por la Comisión del Comedor y en segunda instancia por el Consejo Superior de la Universidad.
TERCERO El presente reglamento entrará en vigencia a partir del día siguiente de su aprobación en Consejo Superior de la Universidad.
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